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Audiencias Orales

  Informamos que se encuentra en proceso el desarrollo de la modalidad de aplicación de la oralidad en las audiencias que se celebren en el trámite de los asuntos sometidos a nuestro conocimiento, de conformidad con lo que dispone el artículo 22 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, y artículos 3 y 23 del Reglamento Operativo del Tribunal Registral Administrativo. Los objetivos principales de esta acción son: OBJETIVO GENERAL: Optimizar el procedimiento administrativo a través de la búsqueda de la verdad real mediante la aplicación de los principios de celeridad, seguridad jurídica, oficiosidad y oralidad. OBJETIVOS ESPECIFICOS: Democratizar y humanizar el procedimiento administrativo en los asuntos que se someten a nuestra competencia, y dotar al Tribunal de un instrumento jurídico regule su aplicación. Todo lo anterior es parte de nuestra estrategia de desarrollo orientada hacia la mejora en los servicios brindados en beneficio del usuario.
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Video Institucional

Creación del Tribunal Registral Administrativo. Créase el Tribunal Registral Administrativo como órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia, con personalidad jurídica instrumental para ejercer las funciones y competencias que le asigna esta Ley. Tendrá la sede en San José y competencia en todo el territorio nacional. Sus atribuciones serán exclusivas y tendrá independencia funcional y administrativa; sus fallos agotarán la vía administrativa.