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Órgano Colegiado

En este apartado se encuentra información relacionada a los jerarcas institucionales del Tribunal Registral Administrativo

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DE ACUERDO AL REGLAMENTO OPERATIVO DEL TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO, ARTÍCULO 6 INCISO 2, SE CANCELA DIETAS A LOS JUECES SUPLENTES CUANDO CONOCEN UN CASO CONCRETO.

PLAN DE ACUERDOS.pdf (638.46 KB)
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Video Institucional

Creación del Tribunal Registral Administrativo. Créase el Tribunal Registral Administrativo como órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia, con personalidad jurídica instrumental para ejercer las funciones y competencias que le asigna esta Ley. Tendrá la sede en San José y competencia en todo el territorio nacional. Sus atribuciones serán exclusivas y tendrá independencia funcional y administrativa; sus fallos agotarán la vía administrativa.